¿Qué contenido ha de tener un convenio?
Puede contener proposiciones de quita o de espera o ambas a la vez. Las quitas no podrán exceder de la mitad del importe de cada uno de los créditos ni la espera de cinco años. Pueden acompañarse proposiciones alternativas como conversión de créditos en acciones, participaciones o en créditos participativos, a la vez que proposiciones de enajenación del conjunto de bienes y derechos o de unidades productivas.