Confederación Española de Instaladores y Mantenedores de Calefacción, ha sido declarada en Concurso Voluntario de Acreedores en el Juzgado Nº7 de lo Mercantil de Madrid. El plazo para presentar los créditos al juzgado es de 1 mes, a partir de esta publicación BOE: Martes 29 de diciembre de 2009.

JUZGADOS DE LO MERCANTIL

 

 

Doña Carmen Fresneda García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal(L.C.), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 717/2009, por auto de fecha 10 de diciembre de 2009 dictado por el Magistrado Juez D. Andrés Sánchez Magro, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Confederación Española de Instaladores y Mantenedores de Calefacción, Agua Caliente Sanitaria, Fontanería,Protección Contraincendios, Gas, Energía Solar y afines (CNI) con CIF: G-78113750 con domicilio y centro de principales intereses en C/ Príncipe de Vergara, 74 de Madrid.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposiciónde su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.

El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar de la publicación quese ha ordenado en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 L.C.).

Madrid, 11 de diciembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

 

Por otro lado nuestro bufete estudiará las medidas, que en cada caso concreto, puedan hacerse, en orden a la reclamación a terceros y asi evitar la sóla reclamación del crédito a Cofedereación Española de instaladores y mantenedores de Calefacción y eludir de estimarse la solicitud del concurso estar sometido a las quitas y esperas del convenio o la liquidación. Rogamos en que los interesados en tales medidas se pongan en contacto con el numero 91 101 58 58 . Ni que decir tiene que el efecto de tales actuaciones tiene mayor eficacia si se realiza antes del auto que declare el concurso o incluso antes de la propia Solicitud del Deudor.

Recomendamos a nuestros clientes que preparen y nos envíen la documentación (contratos, pagarés , etc) para ir preparando las acciones necesarias,  la de presentación de Créditos al Juzgado y Facturas Rectificativas de IVA.  
¿Sabe si su deuda figura en la lista presentada por el Deudor al juzgado?  

¿Quiere ayuda para simplemente comunicar su crédito y no quedar postergado?

¿Quiere personarse a traves de nuestro Bufete? ¿Son un grupo de acreedores?

¿Quiere estar pendiente de los convenios que pudiera proponer el Deudor?

¿Ha efectuado y comunicado facturas rectificativas de IVA y comunicado Agencia Tributaria  si pretende recuperar el IVA?

¿Desea saber si continuará la obra de su vivienda? 

 

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