Ferris Hill S.L, ha sido declarada en Concurso Voluntario de Acreedores en el Juzgado Nº8 de lo Mercantil de Madrid. El plazo para presentar los créditos al juzgado es de 1 mes, a partir de esta publicación BOE: Miercoles 10 de febrero de 2010.

JUZGADOS DE LO MERCANTIL

 

 

Doña Isabel Carro Rodríguez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantiln.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 604/2009, por auto de 28 de enero de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Ferris HillL, S.L", con CIF n.º B-82.214.966 y con domicilio social en calle Profesor Waskman, n º3, de Madrid.

Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada:

La comunicación se formulará por escrito adjuntando copia para el Juzgado y se dirigirá al Juzgado presentándose los escritos en el Registro de Escritos Civiles de Madrid, situado en la calle Capitán Haya, 66, 28020 Madrid.

El plazo para esta comunicación es de un mes a contar desde la presente comunicación.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 LC).

Madrid, 1 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.

 

 

Recomendamos a nuestros clientes que preparen y nos envíen la documentación (contratos, pagarés , etc) para ir preparando las acciones necesarias,  la de presentación de Créditos al Juzgado y Facturas Rectificativas de IVA. Por otro lado nuestro bufete estudiará las medidas, que en cada caso concreto, puedan hacerse, en orden a la reclamación a terceros y asi evitar la sóla reclamación del crédito a Ferris Hill S.L y eludir de estimarse la solicitud del concurso estar sometido a las quitas y esperas del convenio o la liquidación. Rogamos en que los interesados en tales medidas se pongan en contacto con el numero 91 101 58 58 . Ni que decir tiene que el efecto de tales actuaciones tiene mayor eficacia si se realiza antes del auto que declare el concurso o incluso antes de la propia Solicitud del Deudor.Recomendamos a nuestros clientes que preparen y nos envíen la documentación (contratos, pagarés , etc) para ir preparando las acciones necesarias,  la de presentación de Créditos al Juzgado y Facturas Rectificativas de IVA.  
¿Sabe si su deuda figura en la lista presentada por el Deudor al juzgado?  

¿Quiere ayuda para simplemente comunicar su crédito y no quedar postergado?

¿Quiere personarse a traves de nuestro Bufete? ¿Son un grupo de acreedores?

¿Quiere estar pendiente de los convenios que pudiera proponer el Deudor?

¿Ha efectuado y comunicado facturas rectificativas de IVA y comunicado Agencia Tributaria  si pretende recuperar el IVA?

¿Desea saber si continuará la obra de su vivienda? 

 

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