Promociones y Construcciones Cadimaf S.L, ha sido declarada en Concurso Voluntario de Acreedores en el Juzgado Nº8 de lo Mercantil de Madrid. El plazo para presentar los créditos al juzgado es de 1 mes, a partir de esta publicación BOE: Lunes 22 de febrero de 2010.
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Doña Carmen Alesanco Retana, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal(LC), anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento número 584/09, por auto de 10 de febrero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor "Promociones y Construcciones Cadimaf, S.L.", CIF: B-84.280.387, con domicilio en calle Molina,n.º 20, bajo A, de Madrid.
Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento dela administración concursal designada, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado(artículo 184.3 LC).
Madrid, 11 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.
Recomendamos a nuestros clientes que preparen y nos envíen la documentación (contratos, pagarés , etc) para ir preparando las acciones necesarias, la de presentación de Créditos al Juzgado y Facturas Rectificativas de IVA. Por otro lado nuestro bufete estudiará las medidas, que en cada caso concreto, puedan hacerse, en orden a la reclamación a terceros y asi evitar la sóla reclamación del crédito a Pormociones y Construcciones Cadimaf S.L y eludir de estimarse la solicitud del concurso estar sometido a las quitas y esperas del convenio o la liquidación. Rogamos en que los interesados en tales medidas se pongan en contacto con el numero 91 101 58 58 . Ni que decir tiene que el efecto de tales actuaciones tiene mayor eficacia si se realiza antes del auto que declare el concurso o incluso antes de la propia Solicitud del Deudor.Recomendamos a nuestros clientes que preparen y nos envíen la documentación (contratos, pagarés , etc) para ir preparando las acciones necesarias, la de presentación de Créditos al Juzgado y Facturas Rectificativas de IVA.
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