Urbycom BOE, Plazo comunicar créditos

Información BOE

Publicado en el BOE  Martes 10 de Marzo de 2009;

 Todos los acreedores deberán formular la comunicación de sus creditos conforme a lo dispuesto en el articulo 85 de la Ley Concursal en el plazo de un mes contado desde la última publicación.
MADRID.

Doña M.C.Sanz,Secretario del Juzgado de lo Mercantil Número 5 de los deMadrid,

Hago Saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil Número 5 de los de Madrid,se sigue Concurso Voluntario 875/08, a instancia de la entidad UrbyconConstructora Urbanística, Sociedad Limitada, representada por el Procurador DoñaSilvia Váquez Senin, bajo la dirección del Letrado Don José Manuel MedranoGarcía, en el que recayó Auto de fecha 12 de febrero de 2009, en cuya partedispositiva constan los siguientes particulares:

" Se declara en Concurso Voluntario a la entidad Urbycon ConstructoraUrbanística, Sociedad Limitada con Código de Identificación Fiscal Número B-82401142, con domicilio en calle Méndez Núñez 28, Pozuelo de Alarcón (Madrid) "

" Se designan administradores concursales al abogado Don José María de laCruz Bertolo, con domicilio en Plaza Pablo Ruiz Picasso, 1, Torre Picasso, Puerta35, 28020 Madrid, al economista Don Javier Carro González, con domicilio enavenida Arces, 17A, 2º C Madrid, y al acreedor ordinario Rey Aduanera, SociedadLimitada, con domicilio en Glorieta de Cuatro Caminos,6-7, 28020 Madrid"

" Los acreedres concursales deberán poner en conocimiento de laadministración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de 1 mes acontar desde la última de las publicaciones que se efectúen en cumplimiento deesta resolución"

Asimismo, por el presente, se pone en conocimiento de los acreedores y demáslegitimados que deseen comparecer en el procedimiento que deberán hacerlo pormedio de Procurador y asistidos de Letrado, de conformidad con el artículo 184.3de la Ley Concursal. Sin necesidad de aparecer en forma, podrán, en su caso,comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta,todo ello sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de lostrabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidasa los graduados sociales y a los sindicatos, y de las Administraciones públicas enla normativa procesal específica. (Artículo 184.6 de la Ley Concursal)

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lodispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 13 de febrero de 2009.- La Secretario Judicial.

ID: A090013029-1

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