FERCABER Construcciones BOE Plazo 23 de julio

Información BOE

BOE  Martes 23 de junio de 2009

El plazo para presentar los créditos al juzgado es de 1 mes, a partir de esta publicación en el BOE:

Edicto.

MADRID.  D.ª M.ª Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 253/09 (antes 840/08) por auto de 6 de febrero de 2009 dictado por el juzgado de lo Mercantil n.º 7, se declaró enconcurso voluntario al deudor Fercaber Construcciones, S.A.U., con C.I.F. A28789030, cuyo domicilio y centro de intereses principales está en la calle Paseo Imperial n.º 3 de Madrid.

2.º Que por auto de 12 de febrero de 2009 se dictó por este Tribunal, auto de acumulación de la mercantil Fercaber Construcciones, S.A.U., a la mercantil Álvarez de Rojas, S.A.U., con número de autos 860/08.

3.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal colegiada.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de su créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor tirada de Madrid.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).

Madrid, 5 de mayo de 2009.- La Secretario Judicial.

¿Sabe si su deuda figura en la lista presentada por el Deudor al juzgado?  

¿Quiere ayuda para simplemente comunicar su crédito y no quedar postergado?

¿Quiere personarse a traves de nuestro Bufete? ¿Son un grupo de acreedores?

¿Quiere estar pendiente de los convenios que pudiera proponer el Deudor?

¿Ha efectuado y comunicado facturas rectificativas de IVA y comunicado Agencia Tributaria  si pretende recuperar el IVA?

¿Desea saber si continuará la obra de su vivienda? 

 

remitanos  su email para mantenerle informado  -presione aquí-
Atención al Cliente :  91 101 58 58 
Consulta gratuita, contactenos  -presionando aquí-
Tambén puede remitirnos la documentación para que aperturemos su expediente online y le asesoremos sobre las medidas a tomar tras analizar la documentación a: 
email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Fax: 91 101 58 59

Por correo: c/ Ferraz, 31, 2º A. 28008- Madrid 

Apartado de correos 33038. 28023-MADRID
Les remitiremos un usuario y password personalizados para que pueda hacer el seguimiento de la comunicación on-line y de toda la información de su expediente
Todos los expedientes que nos remita son tratados con estricta confidencial propia de una relación Cliente-Abogado y la Ley de Protección de Datos.

Noticias publicadas anteriormente: 
-------------------------------------------------------------------------------------------------------

Nuestros servicios (2)

  • Acuerdos de refinanciación y su homologación
  • Planes de viabilidad y asesoramiento en reestructuración
  • Acuerdas extrajudiciales de pago
  • Asesoramiento a la reorganización de la empresa familiar y protocolos
  • Búsquedas de financiación alternativa e inversores
  • Proceso de reorganización con bancos y acreedores financieros
  • Dación en pago y otras formas de realización más efectivas
  • Medidas de fusión o cualquier forma de modificación estructural de la empresa
  • Comunicación de preconcurso y levantamiento embargos
  • Reclamaciones de responsabilidad civil, fiscal, societaria, laboral, concursal o penal a administradores y directivos
  • Reclamaciones de responsabilidad penal-económica
  • Derivación de deudas a administradores de la Agencia Tributaria o Seguridad Social
  • Medidas laborales de ERE y ERTE y defensa de reclamaciones laborales, despido, ERE, impagos y sucesión de empresa o levantamiento velo empresarial
  • Preparación de documentación y revisión contable, laboral, fiscal y societaria para los procesos preconcursales, concursales y de cumplimiento normativo
  • Asesoramiento y verificación de cumplimiento normativo (Compliance)
  • Elaboración de convenios de acreedores anticipados y en fase concursal de convenio
  • Solicitud de concurso exprés o solicitando la conclusión simultanea dado la carencia de medios pagar gastos concurso
  • Solicitud de concurso abreviado para pymes
  • Asesoramiento en casos de insolvencia a grades corporaciones o grupos
  • Defensa de autónomos en casos de insolvencia y tramitación de la segunda oportunidad, condonación deudas
  • Defensa en todas las fases del concurso común, convenio, calificación, liquidación y conclusión en su caso
  • Asesoramiento a acreedores en reclamación de deudas y a anticiparse en la ejecución Reclamación extrajudicial, monitorio notarial y judicial, declarativos y ejecuciones por entidad especializada o judiciales BOE
  • Instamos el concurso necesario del deudor en estado de insolvencia
  • Asesoramientos acreedores en sede concursal comunicación y defensa de su crédito
  • Estudio reclamaciones de reintegración
  • Venta de empresas en crisis y sus unidades productivas
  • Liquidación de empresas en sede concursal o sólo registral
  • Actuamos como Administradores concursales ayudando a los Juzgados de lo Mercantil
  • Asuntos de familia divorcio, liquidación régimen matrimonial y reclamaciones
  • Sucesiones en general y del patrimonio empresarial
  • Gestión del patrimonio familiar y su planificación y gestión tributaria
  • Asesoramiento contable, fiscal y societario
  • Defensa de procedimientos contra organismos públicos Agencia Tributaria y Seguridad social
  • Reclamaciones de incumplimiento contrato y reclamación de daños y perjuicios
  • Defensa a consumidores abusos bancarios, anticipos de vivienda, ejecuciones
  • Defensa de particulares en caso de insolvencia y condonación deudas y segunda oportunidad
  • Reunificación de deudas
  • </ul