¿Qué responsabilidades se incurren ante un concurso?
El patrimonio del deudor, de sus administradores de hecho o de derecho o los cómplices quedarán afectos al pago total o parcial a los acreedores del importe de sus créditos, si no se satisfacen con la masa activa; la inhabilitación de dos a quince años para administrar bienes o representar bienes ajenos; pérdida de cualquier derecho que tuvieran contra la masa y al pago de la indemnización por daños y perjuicios que se determine, con independencia de las acciones de responsabilidad que pudieran dirigirse contra los administradores concursales.