¿Cómo se tramita el procedimiento concursal?
Tras el escrito de petición del deudor en caso de concurso voluntario, al que se adjuntará la documentación requerida legalmente
se dicta auto teniendo por iniciado el concurso, con extensión de sus efectos, procediéndose a la apertura de las distintas fases: Fase Común del Concurso; La Fase de Convenio o de Liquidación y por último la Fase de Calificación.
Estas fases se instrumentan por medio de seis secciones:
Primera declaración:
Declaración u oposición, medidas cautelares, conclusión y reapertura;
Segunda o de la Administración Concursal:
Nombramiento, estatuto o facultades, retribución, responsabilidad, informe, rendición de cuentas;
Tercera o de la Masa Activa:
Separación, reintegración y créditos contra la masa;
Cuarta o de la Masa Pasiva:
Comunicación de créditos, reconocimiento, calificación;
Quinta de Convenio o Liquidación:
Propuesta anticipada, propuesta ordinaria, aceptación, aprobación, cumplimiento, en su defecto, liquidación o realización de bienes y pago de acreedores;
Sexta o de Calificación:
Informes y sentencia. Para el caso de concurso necesario, se convoca al deudor para que manifieste su oposición, lo que se tramitará por medio de un incidente. Para oponerse, es necesario que se consigne a disposición del acreedor o acreedor instante, el importe del crédito vencido.
Si se desestima la oposición se tramitará como anteriormente se ha indicado. Si se admite la oposición el acreedor promotor deberá indemnizar al deudor los daños y perjuicios que le hubiera ocasionado.