Ningún administrador puede alegar el carácter meramente testimonial de su cargo


Desconocimiento de la vida social:

 Ningún administrador puede alegar el carácter meramente testimonial de su cargo.

STS  7  noviembre 2003,  rec. 71/1998


«... TERCERO.— El tercero de los motivos del recurso de casación, sin cita de ninguna norma legal ni de doctrina jurisprudencial, alega la falta de legitimación pasiva del recurrente, ya que él no firmó el documento en que la parte demandante basa su derecho. Para desestimar este motivo, basta con recordar cuál ha sido la acción ejercitada frente al recurrente, consejero-delegado de la sociedad anónima codemandada. Se ejercitó la acción individual de responsabilidad que prevé el art. 135, del Real Decreto legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Cuya acción se basa en el art. 133, por la actuación de este recurrente, como administrador de la sociedad, sin la diligencia con la que deben desempeñar el cargo. La sentencia dictada en primera instancia, dio lugar a esta acción, razonándolo con detalle; en apelación la sentencia objeto de este recurso de casación, confirma la anterior y afirma: "Un Consejero de una Sociedad no puede aducir con éxito que su papel es meramente testimonial, singularmente, nada menos, un Consejero Delegado, como lo fue el Sr. P.-V. Tenía que cumplir con su deber esencial de diligencia y representación leal de la Sociedad, cuidando que la gestión de ésta no perjudicase ni a los intereses sociales, ni a sus socios ni a terceros acreedores o contratantes (arts. 127. 133 y 260 de la Ley de Sociedades Anónimas). Pese a los requerimientos formulados por los actores, el Consejo de Administración nada hizo por solucionar racional y normalmente los problema sociales, que condujeron a la Sociedad a una situación de insolvencia sin que sus administradores -entre ellos el recurrente en cuestión— nada hiciesen para la pertinente disolución y liquidación de aquélla".
Esta Sala comparte la anterior doble argumentación: el recurrente en casación ha incurrido en la responsabilidad como administrador, ha sido condenado por ello y no tiene trascendencia el que no haya firmado el documento a que se refiere este motivo.»

Nuestros servicios (2)

  • Acuerdos de refinanciación y su homologación
  • Planes de viabilidad y asesoramiento en reestructuración
  • Acuerdas extrajudiciales de pago
  • Asesoramiento a la reorganización de la empresa familiar y protocolos
  • Búsquedas de financiación alternativa e inversores
  • Proceso de reorganización con bancos y acreedores financieros
  • Dación en pago y otras formas de realización más efectivas
  • Medidas de fusión o cualquier forma de modificación estructural de la empresa
  • Comunicación de preconcurso y levantamiento embargos
  • Reclamaciones de responsabilidad civil, fiscal, societaria, laboral, concursal o penal a administradores y directivos
  • Reclamaciones de responsabilidad penal-económica
  • Derivación de deudas a administradores de la Agencia Tributaria o Seguridad Social
  • Medidas laborales de ERE y ERTE y defensa de reclamaciones laborales, despido, ERE, impagos y sucesión de empresa o levantamiento velo empresarial
  • Preparación de documentación y revisión contable, laboral, fiscal y societaria para los procesos preconcursales, concursales y de cumplimiento normativo
  • Asesoramiento y verificación de cumplimiento normativo (Compliance)
  • Elaboración de convenios de acreedores anticipados y en fase concursal de convenio
  • Solicitud de concurso exprés o solicitando la conclusión simultanea dado la carencia de medios pagar gastos concurso
  • Solicitud de concurso abreviado para pymes
  • Asesoramiento en casos de insolvencia a grades corporaciones o grupos
  • Defensa de autónomos en casos de insolvencia y tramitación de la segunda oportunidad, condonación deudas
  • Defensa en todas las fases del concurso común, convenio, calificación, liquidación y conclusión en su caso
  • Asesoramiento a acreedores en reclamación de deudas y a anticiparse en la ejecución Reclamación extrajudicial, monitorio notarial y judicial, declarativos y ejecuciones por entidad especializada o judiciales BOE
  • Instamos el concurso necesario del deudor en estado de insolvencia
  • Asesoramientos acreedores en sede concursal comunicación y defensa de su crédito
  • Estudio reclamaciones de reintegración
  • Venta de empresas en crisis y sus unidades productivas
  • Liquidación de empresas en sede concursal o sólo registral
  • Actuamos como Administradores concursales ayudando a los Juzgados de lo Mercantil
  • Asuntos de familia divorcio, liquidación régimen matrimonial y reclamaciones
  • Sucesiones en general y del patrimonio empresarial
  • Gestión del patrimonio familiar y su planificación y gestión tributaria
  • Asesoramiento contable, fiscal y societario
  • Defensa de procedimientos contra organismos públicos Agencia Tributaria y Seguridad social
  • Reclamaciones de incumplimiento contrato y reclamación de daños y perjuicios
  • Defensa a consumidores abusos bancarios, anticipos de vivienda, ejecuciones
  • Defensa de particulares en caso de insolvencia y condonación deudas y segunda oportunidad
  • Reunificación de deudas
  • </ul